DESCRIPCIÓN
<p>Deposito en alquiler en zona Industrial Tecnológica con excelente acceso, a 1000 mts de Av. General Paz y a 100 mts de Av San Martin.</p><p>PB: Ingreso principal mediante recepción/ seguridad, toilette, zona de carga y descarga con pisos de hormigón e ingreso de camión mediante persiana eléctrica (altura 4 m), montacarga.</p><p>1er Piso: Gran oficina al frente con baño privado, salón de exhibición o ventas con vistas hacia depósito en planta baja, área de deposito.</p><p>2do Piso; Área de deposito de doble altura y entrepiso, vestuario y zona de cocina.</p><p><br></p><p>Zona Industrial Tecnológica:</p><p>Son áreas de localización de industrias que trabajan con tecnologías innovadoras, en los campos de la informática, las telecomunicaciones o cualquier rama industrial que tengan por fin explotar productos o servicios a partir de resultados de la investigación científica y tecnológica, consideradas inocuas para la población y que no generan molestias, a lo que se suman la vivienda multifamiliar con sus usos complementarios, el equipamiento comercial, cultural, de esparcimiento y usos administrativos (oficinas). Código de Ordenamiento Urbano de la Municipalidad de General San Martin Página 45/98 Usos permitidos: (Ver cuadro de usos). PREDOMINANTES: Actividades industriales correspondientes a las admitidas por la Ley 11.459, en “zona C” y Vivienda multifamiliar. Las industrias clasificadas como de Tercera Categoría en el marco de la ley 11459 que se encuentren instaladas en el Distrito TEC podrán continuar con sus actividades en las parcelas que actualmente ocupan hasta el cese definitivo de la actividad. A los fines de su habilitación municipal y de la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental por parte de la Autoridad de Aplicación de la ley 11459, las parcelas actualmente afectadas a esas actividades serán consideradas como Zona D acorde lo establecido en el Artículo 40º y concordantes del Decreto Nº 1741/96, reglamentario de la Ley Nº 11459. Las ampliaciones y/o modificaciones que se proyecten en estas parcelas, deberán preservar o disminuir el grado de complejidad ambiental de la instalación fabril y/o implicar una mejora ambiental y tecnológica, siempre que no se vean afectadas las condiciones de funcionalidad urbana del entorno. COMPLEMENTARIOS: Actividades clase CH; D; E; F; G; H; I; J (superficie cubierta máxima 1000 m 2 ); K (superficie cubierta máxima 1000 m2 ); M y O. COMPATIBLES: Actividades clase N (hasta agotar D.N.M.R). La actividad industrial o de depósito y el uso residencial multifamiliar no serán compatibles en la misma parcela.</p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p>